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La recaudación podría llegar a los $360 millones por 189 edificios nuevos

31/10/2019  |  Economía  |  

El "descontento y preocupación" de los desarrolladores inmobiliarios a raíz del nuevo gravamen que impuso la Dirección General de Rentas llega en medio de una crisis económica que viene impactando directamente en el sector.

Remarcaron que el nuevo Código Civil y Comercial contempla la figura del fideicomiso como forma contractual y no deberían pagar actividades económicas ni ingresos brutos, porque es un impuesto que grava la venta, algo que aseveran, no hacen.

Desde la Cadisal calcularon que, de cobrarse, la recaudación sería millonaria. "Teniendo en cuenta que se realizaron 189 edificios, a un promedio de $50 millones, con el impuesto recaudarían cerca de $360 millones", detallaron. El impuesto que se pretende cobrar está entre el 3,5 y el 5 por ciento de valor de la propiedad.

"Los fideicomisos al costo no son las constructoras ni un inversor que construye. Son los que se dedican a contactar las diferentes partes, como el inversor, y quienes lleven a cabo el proyecto. Gestiona y administra las inversiones y cobra un honorario por ello", defendió el abogado César Austerlitz, asesor de la Cadisal.

Según explicó el letrado, el marco legal que regula los fideicomisos es amplio, por lo que puede contemplar diferentes figuras. "Cuando comenzó, Rentas dijo que los fideicomisos debían inscribirse y pagar el impuesto, lo que no hizo es detallar qué fideicomisos, pero seguíamos estando afuera", destacó Marcos Patrón, desarrollador.

La confirmación de que esta herramienta de financiación de viviendas no era alcanzada por el impuesto se hizo a través de una "consulta vinculante" elevada a Rentas y contemplada en el artículo 68 del código fiscal. En una consulta sobre si un fideicomiso al costo debía pagar actividades económicas, "hasta el 2015 se aseguró que no estaba alcanzado por el impuesto", sostuvo Elías Chiadeh, vicepresidente de Cadisal, y agregó que ahora quieren cobrar desde ese año. Aseguran que en la respuesta se sienta un precedente legal que se estaría violando, dejando al descubierto una falta de "seguridad jurídica".

"Los negocios se basan en la seguridad jurídica. Si el Código Civil me avala, yo como empresario sigo con las normas que el Código Civil me confiere", advirtió el abogado.

El cobro retroactivo, advierten, afectaría a quienes a través de los fideicomisos al costo accedieron a una vivienda y, por el paso del tiempo, se volvería incobrable.

"Se tendría que trasladar al inversor, al costo de una vivienda que ya está terminada y adquirida. Alguien calculó un cierto costo con impuestos incluidos, y ahora resulta que no es así. Ese costo se traslada al inversor y capaz que ese inversor ya vendió esa propiedad. ¿A quién le vas a cobrar?", apeló Chiadeh.

Austerlitz, por su lado, resaltó que se cobraría el impuesto a las actividades económicas multiplicadas veces en esta relación comercial "sobre el ahorro del inversor que ya pagó impuestos, sobre sus ingresos y sobre los ingresos de quienes cobran honorarios por su trabajo dentro del fideicomiso, como el arquitecto, el contador o el abogado y que ya pagan ese impuesto al facturar por sus servicios.

Es una voracidad fiscal", cruzó el abogado.

El desarrollador Marcos Patrón, por su parte, indicó que los reclamos formales fueron desoídos. "Presentamos dos notas que no tuvieron respuestas, y un informe al que nos contestaron que no podían leer un informe de cien hojas", recalcó.

Advierten que cerraron 50 constructoras

La falta de una reglamentación clara desalentaría a uno de los pocos sectores que, advierten, mantiene activa la deprimida cadena de comercialización en la construcción, un sector que está en “una situación tremenda”, sentenció a este medio Juan Carlos Segura, presidente de la Cámara Salteña de la Construcción. 
Segura advirtió que el atraso en los pagos, la falta de inversión en la obra pública y la inflación son un combo explosivo que llevó a una situación crítica por la que, advirtió, en los últimos tres años cerraron 50 constructoras.
Se destacó, además, la falta de oferta privada por los altos costos de financiación. “Somos el único canal potable de acceso a la vivienda para la clase media” , advirtió Elías Chiadeh, vicepresidente de Cadisal. 

En el código fiscal de la Dirección General de Rentas, el apartado de “Resoluciones de Dirección”, en el artículo 68, detalla que las consultas que formulen los contribuyentes o responsables sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales y en general toda obligación impuesta a los contribuyentes deberán ser resueltas, salvo expresa disposición en contrario, por la Dirección mediante pronunciamiento expreso y fundado. La contestación deberá emitirse dentro de los 120 días y tendrá carácter vinculante. 
 



Fuente: El Tribuno