A partir de esta nueva resolución cuando, por aplicación del régimen, resultara un importe a retener inferior a 240 pesos, no corresponderá efectuar tal retención, en lugar de los 150 pesos vigentes hasta ahora.
También se incrementó de 650 a 1.020 pesos el importe mínimo de la retención cuando se trate de alquileres de inmuebles urbanos percibidos por beneficiarios no inscriptos en Ganancias.
La resolución destaca que la AFIP estableció regímenes de retención y excepcional de ingreso del impuesto a las Ganancias sobre determinadas rentas de distintas categorías.
Detalle del nuevo régimen: https://www.minutouno.com/notas/5042763-la-afip-actualizo-inflacion-los-montos-no-sujetos-retencion-el-impuesto-las-ganancias
Fuente: Minuto Uno